Certificado  energético.

Desde junio del año 2013, existe la obligación por parte de arrendadores y vendedores de viviendas de realizar este certificado energético. Real Decreto 235/2013 (www.boe.es/boe/dias/2013/04/13/pdfs/BOE-A-2013-3904.pdf)

¿Qué es el certificado energético?.

El certificado de eficiencia energética, es un documento que cuantifica las características de una vivienda en cuanto a las pérdidas de energía que produce.

En función de los distintos valores a cuantificar el certificado  energético determina una letra que van desde la A hasta la G.  Siendo A una vivienda autosuficiente  y G una vivienda con grandes carencias.

En ninguno de los casos el certificado energético puede suponer una sanción por el resultado que obtenga la vivienda.

El certificado energético es un documento estadístico que no se utiliza como justificante para una sanción.

Validez del energético.

El certificado tiene una validez de 10 años desde su registro.

No es un documento que un arrendador tenga que hacer nuevo cada vez que alquila una vivienda, simplemente tiene que usar el certificado que ya le emitieron en primera instancia

¿Donde se registra el certificado?.

El registro del certificado energético se ha de hacer vía telemática en la comunidad autónoma correspondiente.

Si bien la normativa dice que en casos excepcionales el certificado energético se puede presentar físicamente, la práctica establece que todos los certificados energéticos que no se mandan por la vía telemática son devueltos.

Etiqueta energética

Una vez emitido el certificado de eficiencia energética y registrado vía telematica obtenemos un número de registro.

Con este número de registro, estando toda la documentación correcta en uno o dos días se puede descargar la etiqueta del certificado energético.

¿Quién puede hacer el certificado?.

Los certificados de eficiencia energética son competencias de técnicos titulados. Arquitectos, arquitectos técnicos o aparejadores e ingenieros, colegiados firmantes y entidades de certificación.

¿Es obligatorio poner nuestra etiqueta del certificado en nuestra casa?.

Para particulares no es necesario poner la etiqueta del certificado en nuestra puerta.

La obligatoriedad se establece para las entidades públicas,  ministerios, comunidades etc.

Recomendaciones para el certificado.

Para contratar con garantías un certificado de eficiencia energética les establecemos un serie pasos:

  • Solicite presupuesto por escrito donde incluya visita, certificado y registro telematica en la comunidad autónoma correspondiente.
  • Que el técnico que realice la visita sea arquitecto, arquitecto técnico, aparejador o ingeniero colegiado firmante.
  • El certificado energético es un certificado y por tanto el técnico tiene que visitar la vivienda, no hay otra manera de emitir, legalmente, este certificado.

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