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Tasas de obra para el Ayuntamiento de Madrid

Inicio > Licencias de obra > Tasas de obra para el Ayuntamiento de Madrid

Tasas de obra para el Ayuntamiento de Madrid

Publicada el 19 febrero, 20178 agosto, 2020 por admin
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TASAS A PARA HACER OBRAS EN MADRID

Para la realización de obras en el Ayuntamiento de Madrid es necesario el abono de una serie de tasas municipales previo al inicio de las mismas. En obras de ejecución que se gestionen como Actuación Comunicada (sin proyecto arquitectónico) o por Procedimiento ordinario (con Proyecto de Técnico) se pagarán las siguientes tasas municipales. Para cualquier duda consúltenos.

TASAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS. TPSU

tasa_servicios_urbanísticosEsta tasa corresponde a la «apertura del Expediente», en obras en edificios. En este impreso se deberán indicar los datos de la Comunidad de Propietarios o de la persona interesada, así como las dimensiones de la obras y el tipo de actuación que se va a realizar, a partir de ahí el impreso genera el importe. Cuando se redacta este importe se genera un número identificador, que será la referencia en el momento del abono de la tasa en la entidad bancaria asociada.

ICIO. IMPUESTO DE INSTALACIONES CONSTRUCCIONES Y OBRAS

ICIO MADRIDLa tasa ICIO grava un porcentaje sobre el importe (sin iva) de las obras a realizar, que en el Ayuntamiento de Madrid corresponde a un 4%. Para saber el importe de las obras nos solicitarán un presupuesto, que de inicio podrá valer el que se nos facilite el Proyecto Arquitectónico o cualquiera de las empresas que nos oferten la obra, como presupuesto inicial. Cuando las obras se finalicen, con la factura de la empresa constructora se presentará la liquidación definitiva, liquidando la diferencia y hubiera aumentos de obra. El Impreso del ICIO, al igual que cualquier otra tasa municipal se ha de pagar en cualquier entidad bancaria colaboradora.

Subvención del ICIO

Cuando se redacta el impreso del ICIO existen obras, como son las de supresión de barreras arqutectónicas, este ICIO, en ocasiones es bonificado en un 90%, lo explicamos con un ejemplo.

Presupuesto de obra (sin iva) = 21500€

ICIO 4% s/21500€ = 860€

Bonificación del 90% sobre el ICIO = -774€

ICIO a pagar = 860€ – 774 € = 86€

*Como toda bonificación hay que justificarla. Para que nos puedan conceder dicha bonificiación hay que justificar que existen personas con movilidad reducidad, mediante certificados emitidos por la Comunidad de Madrid, de no justificarlo, el Ayuntamiento reclamará la diferencia.

TASAS DE GESTIÓN DE RESIDUOS.

Esta tasa de Gestión de Residuos, la generan desde las distintas Juntas Municipales y será devuelta una vez se justifique la correcta gestión de los residuos. Una vez recibida, se paga de manera presencial a abonarla en caja. Tras el abono de la tasa habrá que justificarlo registrando el documento en cualquier Junta Municipal de Madrid rellenado una Instancia General.

El objetivo de esta tasa es el de garantizar que el residuo de obra generado va a parar a una planta de tratamiento de residuos sólidos. En ocasiones el escombro de las obras acaba en un  descampado o cunetas y esta tasa busca que esto no suceda.

Como me devuelven la Tasa de Gestión de Residuos

Se deberá justificar que el residuo sólido ha acabado en una planta de gestión de residuo sólido. La empresa de contenedores que contrate la constructora deberá facilitarnos el documento que certifique que los escombros han acabado en dicha planta de gestión de residuos. Con este certificado y el impreso correspondiente se procede a la devolución del importe.

Gestionamos y tramitamos todos estos procesos para facilidad de nuestros clientes.

Cualquier duda contacte con nosotros

Arquitectos y Aparejadores Madrid

Etiquetas: Gestión de obras, Licencias de Obra Madrid, Tasas Municipales

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